Skip to main content

Bono por hijo: Revisa con tu RUT si eres beneficiaria

Uno de los objetivos de este bono es aumentar el monto de la pensión de la madre a través de una bonificación.

Bono para mujeres

Dentro de los beneficios entregados por el gobierno, está el Bono por Hijo, el cual está dirigido a las madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, y a madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), a contar del 1 de julio de 2009.

Las mujeres afiliadas a una AFP, recibirán el bono junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto. Así mismo, las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP o por el IPS a contar del 1 de julio de 2009. El bono se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($ 165.000).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

Lee también: Puente Alto y Las Condes lanzan subsidio para vecinos: «Billetera del Barrio»

¿Cuáles son los requisitos?

Dentro de los requisitos más específicos para obtener este bono están:

  • Las madres afiliadas al sistema del DL N° 3.500: que no tengan afiliación a otro régimen previsional.
  • Madres que sean beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  • Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, solo perciban una pensión de sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario, sea de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), compañías de seguros, Instituto de Salud Laboral, Mutualidad de Empleadores o del Instituto de Previsión Social.

En tanto, las mamás que afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009, deben cumplir:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile, al menos, cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud del bono.
  • Tener Clave Única (solamente si el trámite es realizado en línea).

Para saber si eres beneficiaria de este beneficio estatal, puedes ingresar con tu RUT en IPS En Línea. 

Contenido patrocinado