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Respaldan en general proyecto que declara imprescriptibles delitos sexuales

El proyecto busca modificar el Código Penal para establecer que las acciones derivadas de la perpetración de delitos sexuales no prescriban.

Proyecto

Para avanzar en la reparación de víctimas de delitos de carácter sexual, la Comisión de Constitución aprobó la idea de legislar un proyecto. La iniciativa extiende la imprescriptibilidad de la acción penal en los delitos de carácter sexual. Esto es sin importar la edad de la víctima.

La norma, aprobada previamente por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género el pasado 19 de abril, modifica el Código Penal. Lo anterior es con la finalidad de extender la imprescriptibilidad a todas las víctimas y no solo en el caso de que estas sean menores de edad. Tal como lo estableció la ley Nº 21.160.

De esta manera, el presente texto señala que no será considerada la edad de la víctima para calificar a la acción penal como imprescriptible respecto a este tipo de delitos.

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El proyecto

La iniciativa presentada por las diputadas Erika Olivera (IND), Pamela Jiles (PH) y Ximena Ossandón (RN) junto a los diputados Andrés Celis (RN) y Félix González (PEV), enfatiza en sus argumentos. Estos son que “los delitos sexuales se producen por un período extenso de tiempo, impidiendo que la víctima denuncie de manera directa”. Además, que la transformación de conciencia sobre el abuso ocurrido, se puede clarificar después de años de tratamiento y asistencia.

Antes de la votación en general, el grupo parlamentario escuchó las opiniones del abogado y director de la Fundación para la Confianza, Juan Pablo Hermosilla. Asimismo, las del presidente de la Fundación Instituto Chileno para el Estudio de la Violencia (ICEV), Francisco Maffiolletti, y de la sicóloga y escritora Vinka Jackson. Ella es representante de la Agrupación Derecho al Tiempo.

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Las opiniones

En primer término, Juan Pablo Hermosilla fue enfático en declarar que “el Estado chileno usa la prescripción como una excusa”. Luego, afirmó que resultan incompatibles las normas de prescripción actuales con un Estado democrático. Y, también, indicó que el origen de las normas de prescripción es producir impunidad.

Añadió que existen estudios recientes que dan cuenta que la reparación de la víctima no ocurre sólo al condenar al agresor. Es un proceso que se inicia mucho antes con el relato, la acogida en la denuncia, el acceso a la justicia y una buena investigación, aunque no se obtenga una condena. Todas esas etapas van generando reparación.

Por su parte, la sicóloga Vinka Jackson afirmó: “En Chile cada 20 minutos un(a) niño(a) es víctima de un ataque sexual y la mayoría de ellos(as) conocen al culpable”.

Agregó que las víctimas de este tipo de delitos que son mayores de edad también enfrentan una serie de dificultades y necesitan el mismo requerimiento de tiempo, humano y subjetivo, denominado tiempo del trauma. Por él se debe pasar y no es acelerable de manera arbitraria, lo que explica por qué es tan importante contar con tiempo para denunciar.

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Finalmente, el sicólogo Francisco Maffiolletti, destacó que, en términos de prevalencia, un 20% de las mujeres y un 10% de los hombres lo sufren alguna vez en su vida. Lo anterior se traduce a 1,8 millones de mujeres y 900 mil hombres. Estos delitos quebrantan vidas, asesinan almas y, por lo mismo, sus víctimas necesitan y merecen derecho al tiempo para denunciar y para reparar.

También resaltó el carácter transversal de la materia. Ya que ocurre en todos los ámbitos de la vida sin distinción y puede afectar a cualquier familia. Asimismo, el hecho de que el agresor sea, por regla general, conocido de la víctima, explica la tendencia de la sociedad, incluso de la familia, a silenciar a las víctimas. Y de las mismas a callar para evitar más problemas.

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