Este miércoles 1 de mayo se celebra el Día Internacional de los Trabajadores, este festivo es un feriado irrenunciable en nuestro país. A continuación te contamos como trabajará el comercio estos días y cuáles serán los horarios que se verán alterados.
El Día del Trabajador se celebra en conmemoración del movimiento obrero estadounidense que se llevó a cabo en modo de protesta por las largas jornadas laborales vigentes en 1886.
Este día está considerado entre los feriados irrenunciables en Chile. Esto significa que, legalmente, el comercio no puede operar de forma natural y debe alterar su funcionamiento y sus horarios, tanto el día festivo cómo el día anterior a este. Los días afectados son el 30 de abril y el 1 de mayo.
¿Cómo funcionará el comercio?
Al ser un feriado irrenunciable, los comercios no abrirán sus puertas este miércoles. Todas las cadenas de supermercados confirmaron que sus establecimientos se encontrarán cerrados todo el día festivo.
Estos supermercados también tendrán cambios en su horario el día 30 de abril, teniendo que cerrar sus puertas más temprano de cara al festivo.
Los horarios son los siguientes:
- Jumbo: Sus locales atenderán hasta las 19:30 horas.
- Líder: Sus locales atenderán hasta las 19:00 horas mientras que la cadena de Líder Express cerrará a las 19:30 horas.
- Acuenta: Sus locales atenderán hasta las 19:30 horas.
- Tottus: Sus locales atenderán a las 19:00 horas.
- Mayorista 10: Sus locales atenderán hasta las 19:30 horas.
- Santa Isabel: Sus locales atenderán hasta las 20:00 horas.
- Unimarc: Sus locales atenderán hasta las 19:30 horas.
En tanto a los malls, estos cerrarán a las 20:00 horas este martes 30 de abril. Mientras que el 1 de mayo sus tiendas estarán cerradas a excepción de los comercios exentos de la normativa de la Dirección del Trabajo, revisa cuáles son a continuación.
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¿Qué comercios abrirán sus puertas?
A pesar de que todo el comercio cambia su funcionamiento, la Dirección del Trabajo indica que algunos comercios si pueden abrir sus puertas al público este feriado, estos son:
- Clubes y restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos y otros lugares de juego.
- Expendio de combustibles y las tiendas de conveniencia asociadas a los establecimientos de venta de combustible.
- Farmacias con turnos fijados por la autoridad sanitaria y farmacias de urgencia.
Puedes ver toda la información y especificaciones del Descanso obligatorio en la página web de la Dirección del Trabajo.